A través del decreto 1081/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno redujo a 18 años le edad mínima para ser legítimo usuario de armas. Se modificó la reglamentación de la Ley 20.429, la cual había sido sancionada en 1975 y había dispuesto la habilitación únicamente a partir los 21.
Para sancionar la medida, el Poder Ejecutivo justificó que el Código Civil y Comercial de la Nación. aprobado en 2014, establece la mayoría de edad a partir de los 18 y que, cuando se dictaron las condiciones para poseer armas, aún era de 21. Además, subrayó que el único requisito para la adquisición, portación o tenencia es ser mayor.
“Corresponde modificar el artículo 55 de la Reglamentación de la Ley 20.429 aprobada por el Decreto 395/75 y sus modificatorios, a efectos de armonizar la legislación vigente, reconociendo la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de los 18″, dice el documento firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Por su parte, la reglamentación original incluía otros dos requisitos, los cuales siguen en vigencia. Ellos son no presentar anormalidades psíquicas o físicas que afecten a la posesión (o en tal caso presentar un c...