Aplazan análisis en el T-MEC de queja por presa Mujer Solteca
Oaxaca de Juárez-- Oaxaca
Luego de que se solicitó su intervención ante las denuncias por irregularidades en la construcción de la presa Mujer Solteca, la Comisión para la Cooperación Ambiental del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) señaló que por ahora la petición no cumple sus parámetros, por lo que concedió dos meses para que sea revisada y enviada nuevamente a la comisión.
De acuerdo con la determinación de fecha 22 de octubre, la comisión señala que la petición SEM-26-009 (Proyecto de presa Margarita Maza) “no cumple con todos los requisitos de admisibilidad del artículo 24.27 del T-MEC. Específicamente, la petición no satisface el inciso b) del artículo 24.27(2), ni el inciso c) del 24.27(3)”. Es decir, que “no aporta elementos suficientes que permitan examinar la petición en cuestión”.
Por ello, les otorgó un plazo de 60 días para presentar una petición revisada.
Debido a la confidencialidad de datos, no se señala quién o quiénes llevaron esta petición a la comisión del T-MEC para denunciar irregularidades de la construcción de la presa, la cual está a cargo de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y que es parte del Proyecto Nacional Hídrico, para lo que se contempla un monto de casi 16 mil millones de pesos.
La petición fue presentada el 22 de septiembre y la comisión notificó de su recepción el 23 de ese mes.
La organización que presentó la petición “afirma que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental en lo concerniente a la evaluación del impacto ambiental de la presa Margarita Maza, también conocida como presa Mujer Solteca”, explica el expediente de la Comisión para la Cooperación Ambiental sobre este proyecto con el que el gobierno estatal y el federal han dicho que el objetivo es abastecer de agua potable a la ciudad de Oaxaca y su zona conurbada.
“De acuerdo con la petición, la construcción de la presa comenzó el 10 de junio de 2026, antes de que se aprobara la correspondiente manifestación de impacto ambiental (MIA) de alcance regional. En particular, la Peticionaria sostiene que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) no dio respuesta a su solicitud de llevar a cabo una consulta pública del proyecto ni siguió los procedimientos y plazos para la participación pública establecidos en la legislación ambiental aplicable”.
Asimismo, se señala la presunta falta de información sobre el cambio de uso de suelo y el consentimiento de las comunidades afectadas por el proyecto.
Entre las leyes que la organización cita que fueron omitidas para este proyecto están la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el Reglamento de la LGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y su reglamento y la Norma Oficial Mexicana NOM-059-Semarnat-2010.
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