El Imparcial Sonora — Portada
30/10/2026 03:18

Xcaret solicita abandonar el juicio por el uso comercial de símbolos mayas después de que la Suprema Corte decidió revisar el fondo de la disputa por el patrimonio cultural de los pueblos indígenas

Grupo Xcaret solicitó abandonar el juicio de amparo que promovió para impugnar las restricciones relacionadas con el uso comercial de elementos del patrimonio cultural maya en sus parques y actividades turísticas. El movimiento ocurrió después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió atraer nuevamente el expediente para analizar el fondo de la controversia.

Las empresas Experiencias Xcaret Parques y Experiencias Xcaret Web presentaron el escrito de desistimiento el 16 de octubre de 2026, por medio de su representante legal. La solicitud está relacionada con el amparo indirecto 1649/2024, de acuerdo con información sobre el acuerdo judicial difundida por medios de comunicación y el medio Proceso.

La petición no significa que el procedimiento haya terminado automáticamente. Para que el desistimiento tenga efectos jurídicos, las autoridades correspondientes deben determinar si procede y establecer sus alcances. Por ello, hasta que exista una resolución, no puede darse por cerrado el conflicto.

El movimiento se produjo dos semanas después de que el máximo tribunal decidió revisar nuevamente el caso. El 1 de octubre, el Pleno ejerció su facultad de reasunción de competencia para estudiar el amparo en revisión 245/2026, con el objetivo de analizar los argumentos relacionados con la explotación comercial de elementos de la cultura maya.

¿Por qué Xcaret enfrenta una disputa por los símbolos mayas?

El conflicto comenzó en junio de 2022, cuando integrantes del pueblo maya presentaron una denuncia ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) por el presunto uso indebido de elementos de su patrimonio cultural por parte de Grupo Xcaret.

En diciembre de ese año, el instituto estableció medidas precautorias para retirar materiales promocionales y frenar la comercialización de productos o servicios basados en elementos de la cosmogonía maya.

La controversia no se limita a la presencia de imágenes o referencias culturales en la publicidad de una empresa turística. También plantea una cuestión sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas: quién tiene facultades para autorizar el uso y aprovechamiento comercial de su patrimonio cultural.

Durante el procedimiento, Grupo Xcaret alcanzó un acuerdo con el Gran Consejo Maya de Quintana Roo, mediante un contrato de transición que contemplaba la autorización para utilizar determinada simbología. Después de ese convenio, una parte de las personas que habían promovido las reclamaciones decidió desistirse en agosto de 2023, aunque otros participantes mantuvieron el procedimiento.

La discusión llegó a los tribunales porque permanecieron cuestionamientos sobre si ese acuerdo era suficiente para representar el consentimiento de las comunidades involucradas o si era necesario consultar a otras autoridades y grupos del pueblo maya.

La Corte ya había retirado una suspensión favorable a Xcaret

Antes de atraer el asunto para estudiar el fondo, la Suprema Corte intervino en una controversia relacionada con una medida cautelar que favorecía a la empresa.

En febrero de 2025, Grupo Xcaret obtuvo una suspensión definitiva que le permitía continuar utilizando determinados elementos culturales mayas en su publicidad mientras avanzaba el juicio. La impugnación de esa medida llegó al Pleno de la SCJN.

El 26 de marzo de 2026, los ministros revocaron la suspensión por mayoría de siete votos. La decisión respondió a la necesidad de proteger el patrimonio cultural de los pueblos indígenas y consideró que su carácter colectivo y de interés público debía prevalecer frente al interés económico de una empresa particular.

Sin embargo, aquella resolución se concentró en el incidente de suspensión y no representó, por sí misma, una sentencia definitiva sobre todos los argumentos del litigio.

El caso regresó a la Corte el 1 de octubre para analizar precisamente el fondo del amparo. Entre los puntos que deberán estudiarse está la validez del acuerdo entre Xcaret y el Gran Consejo Maya, así como las condiciones necesarias para autorizar el aprovechamiento comercial del patrimonio cultural indígena.

La disputa también tuvo consecuencias en las actividades de Xcaret

La controversia jurídica tuvo repercusiones en la programación cultural de la empresa. En abril de 2026, Grupo Xcaret anunció la cancelación de la Travesía Sagrada Maya, una actividad en la que participaban cientos de canoeros y que recreaba una antigua tradición vinculada con la navegación hacia Cozumel.

La compañía argumentó que la situación legal generaba incertidumbre sobre el uso de elementos relacionados con la cultura maya. La cancelación ocurrió después de la intervención de la Suprema Corte en el incidente de suspensión.

Este antecedente muestra que el conflicto tuvo efectos más allá de la publicidad y los materiales promocionales, pues también alcanzó actividades turísticas y culturales organizadas por el grupo.

Por ahora, la nueva solicitud de desistimiento abre otro capítulo en el litigio. La decisión de Xcaret de abandonar el amparo no resuelve por sí misma la discusión sobre los derechos de las comunidades mayas, ni establece automáticamente qué elementos culturales pueden utilizarse con fines comerciales.

El alcance de la petición dependerá de la respuesta judicial y de las determinaciones que correspondan sobre el procedimiento.

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