Histórico fallo de la Corte para el uso de la pirotecnia en Veracruz
Hay victorias que merecen celebrarse con más que aplausos. La batalla legal que una madre de Veracruz libró —y ganó— ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación marcará un antes y un después en el uso y abuso de la pirotecnia en festividades laicas y religiosas.
Todo empezó cuando una madre inició un litigio para proteger a su hija con trastorno del espectro autista de los estruendos de los fuegos artificiales.
Primero pidió al ayuntamiento de Veracruz reducir el uso de pirotecnia por el bienestar de la menor, pero las autoridades se limitaron a señalar que todo estaba en regla, que los horarios —de 6 a 23 horas— cumplían con la Ley contra el Ruido de ese estado. Faltó aclarar las leyes no están solo para señalar límites de tiempo. Están para proteger a las personas.
El asunto no es menor, tampoco es una disputa entre quienes disfrutan de los fuegos artificiales y quienes prefieren evitarlos. Estamos frente a una discusión mucho más profunda: ¿hasta dónde puede llegar nuestro derecho a celebrar cuando esa celebración representa sufrimiento para otras personas?
La pirotecnia también representa el riesgo de ocasionar incendios y lesiones graves, incluso la muerte en personas que asisten a una celebración que termina en tragedia. También afecta a animales domésticos y silvestres, y contamina el aire que respiramos.
Para una niña con autismo e hipersensibilidad sensorial, el estruendo de los cohetes no representa simplemente un ruido molesto. Puede provocar miedo intenso, angustia, crisis de pánico que afectan su bienestar. Lo que para algunos dura unos segundos de espectáculo, para otros puede convertirse en horas de sufrimiento.
La ministra Loretta Ortiz, encargada del proyecto, recordó lo que muchas autoridades olvidan: proteger a las infancias y a las personas con condiciones de vulnerabilidad no es una opción, es una obligación.
El ministro presidente, Hugo Aguilar, agregó, además, que se debe visibilizar las afectaciones en la salud de las personas antes de otogar los permisos y celebrar con fuegos artificiales, pues el derecho al disfrute de las fiestas no puede estar por encima del derecho a la salud y a la tranquilidad de nadie.
A partir de ahora, los ayuntamientos no podrán dar permisos automáticamente. Tendrán que evaluar primero los riesgos reales para la salud. Y si no pueden garantizar que nadie salga lastimado por el ruido, simplemente no deberían autorizarla. Ese es el cambio más importante: pasar de permitir todo a preguntar primero si es justo para todos.
Estoy segura que más de uno pondrá el grito en el cielo. Más en estas fechas, tan cerca de diciembre y los festejos de Año Nuevo.
¿Nos están prohibiendo el bailongo, la algarabía, la euforia de gritar “viva México “ o feliz año?
No. La decisión de la Suprema Corte marca un precedente importante al colocar los derechos a la salud, la integridad y la tranquilidad en el centro de la discusión. Y eso es algo que debemos celebrar.
La inclusión no consiste en pedirles a las personas con autismo que se encierren, que utilicen protectores auditivos o que soporten como puedan el ruido de una festividad. Consiste en construir espacios donde puedan participar y vivir sin que sus derechos sean sacrificados por la comodidad de los demás.
Esperemos que esto se respete y se entienda en todo el país, porque la alegría de unos nunca debería significar el sufrimiento de otros. ¿No creen?
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