El Imparcial Sonora — Portada
30/10/2026 13:44

SCJN falló contra adulto mayor de 83 años desalojado tras dejar de pagar renta en Iztapalapa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó revisar el juicio de amparo interpuesto por un adulto mayor de 83 años de edad, quien buscaba evitar el desalojo del departamento que arrendaba en la alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México.

De acuerdo con información publicada por el diario El Universal, una mayoría de seis integrantes del Pleno aprobó el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, con lo cual se dejó firme la resolución de un Tribunal Colegiado que ordenó la desocupación inmediata del inmueble tras el impago de la renta.

El caso reavivó el debate jurídico entre los integrantes del Máximo Tribunal sobre los límites de la técnica procesal frente a la obligación de juzgar con perspectiva de envejecimiento y la protección del derecho a la vivienda para las personas en situación de vulnerabilidad.

¿Por qué la Suprema Corte rechazó analizar el caso del adulto mayor?

La decisión de la mayoría del Pleno se sustentó en un criterio estrictamente procesal sobre el recurso de revisión presentado por la persona afectada, quien habitaba el inmueble desde el año 2007:

  • Inoperancia de los agravios: La mayoría de los ministros determinó que los argumentos presentados partían de premisas inexactas.
  • Falta de impugnación directa: Se consideró que el recurso no combatió la totalidad de las consideraciones legales con las que el Tribunal Colegiado había negado el amparo en primera instancia.
  • Firmeza de la sentencia: Al desecharse la revisión, quedó firme la orden judicial emitida por un juzgado local para desocupar y entregar el departamento en un plazo de cinco días.
La Suprema Corte validó el marco legal que permite a entidades paraestatales participar en el transporte aéreo y administrar aeropuertos, esquema bajo el cual opera Mexicana de Aviación. (SCJN/WikimediaCommons)

¿Cuál es el origen del conflicto legal: del contrato de arrendamiento al desalojo?

La trayectoria judicial del caso comenzó en los tribunales locales de la Ciudad de México por el incumplimiento en el pago de las rentas:

  1. Juicio inicial: Un juzgado civil declaró rescindido el contrato de arrendamiento y ordenó al inquilino entregar el inmueble.
  2. Apelación: El habitante promovió un recurso de apelación, pero la autoridad superior confirmó la orden de desocupación.
  3. Amparo directo: La persona adulta mayor recurrió al juicio de amparo ante un Tribunal Colegiado, órgano que le negó la protección constitucional.
  4. Recurso de revisión: El caso llegó a la SCJN encabezada por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, donde finalmente se desechó el análisis de fondo.

Tres ministros votaron a favor de revisar el caso: los argumentos del debate

Tres integrantes del Pleno —el ministro Irving Espinoza Betanzo y las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa— se pronunciaron en contra de desechar el asunto y propusieron analizar el fondo de la controversia.

La ministra Yasmín Esquivel sostuvo que no debía haber trato fiscal distinto entre beneficiarios de Afore y herederos.

Los ministros disidentes argumentaron la necesidad de definir los alcances de la protección judicial para personas adultas mayores:

  • Análisis de la cuestión constitucional: El ministro Irving Espinoza Betanzo sostuvo que el asunto permitía fijar criterios sobre la obligación de juzgar con perspectiva de envejecimiento en materia de arrendamiento.
  • Protección efectiva de la vivienda: La ministra María Estela Ríos González enfatizó que el caso implicaba un interés excepcional en derechos humanos:

“La perspectiva de envejecimiento no debe limitarse al reconocimiento formal de su vulnerabilidad, sino traducirse en medidas efectivas que atiendan sus circunstancias particulares y eviten que la ejecución del desalojo comprometa sus derechos fundamentales, uno de ellos, el derecho a la vivienda”, expuso la ministra Ríos González.

  • Prevención del desamparo: La ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que los agravios permitían examinar el alcance de las obligaciones de los jueces para evitar que la ejecución de una sentencia deje desprotegida a una persona de la tercera edad.

¿Qué implica juzgar con perspectiva de envejecimiento?

Para el público lector y los ciudadanos que enfrentan litigios civiles, este debate judicial aporta claridad sobre los derechos de las personas de la tercera edad:

  • Identificación de la vulnerabilidad: Implica que las autoridades judiciales evalúen las condiciones físicas, económicas y sociales de los adultos mayores al aplicar la ley.
  • Garantía de debido proceso: Exige evaluar si el desalojo puede derivar en una situación de calle o desamparo total antes de ejecutar la orden.
  • Límites procesales: El fallo de la SCJN sienta el precedente de que, aun tratándose de personas vulnerables, los recursos promovidos ante el Máximo Tribunal deben cumplir estrictamente con los requisitos formales y de técnica jurídica que exige la ley de amparo.
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