La Nación — Últimas
31/10/2026 00:02

Corte ratifica condena de 5 años de cárcel al exdiputado Cuevas

<i><b>Miguel Cuevas, quien se desempeñaba como un humilde zapatero en la localidad de Sapucai antes de incursionar en la política, fue condenado el 15 de septiembre de 2023.</b></i>

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó firme la condena de 5 años por enriquecimiento ilícito para el exdiputado y dirigente del departamento de Paraguarí, Miguel Cue­vas, tras declarar inadmi­sible el recurso de casación presentado por su abogado Guillermo Duarte Cacavelos contra el fallo de segunda ins­tancia que había confirmado la sentencia condenatoria en diciembre del año 2023.

Cuevas, quien se desempe­ñaba como un humilde zapa­tero en la localidad de Sapu­cai antes de incursionar en la política, fue condenado el 15 de setiembre de 2023 por no poder justificar un incre­mento patrimonial de G. 1.934.584.283 entre los años 2009 y 2019, periodo en el que se desempeñó en la función pública.

<b>APORTE DECISIVO DE NACIÓN MEDIA</b>

En el caso judicial, Nación Media tuvo un aporte deci­sivo a través de sus inves­tigaciones periodísticas y publicaciones al exponer públicamente las irregulari­dades del vertiginoso e injustificado incremento patri­monial de Cuevas mientras ejercía cargos públicos, como gobernador de Paraguarí y posteriormente como presi­dente de la Cámara de Diputa­dos. La cobertura documentó las pericias contables de la Fiscalía y denunció las cons­tantes chicanas para frenar el juicio oral. Los jueces Elsa García, Jesús Riera y Yolanda Morel integraron el tribunal de sentencia que terminó por condenar a Miguel Cuevas el 15 de setiembre de 2023. La máxima instancia judicial sentó postura luego de casi tres años. A través de la deci­sión también quedó firme el comiso especial y comiso sus­titutivo de sus bienes, además del mantenimiento de embar­gos e inhibiciones de gravar y enajenar bienes inmuebles.

Cuevas además se encuentra inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. El voto de la mayoría estuvo confor­mado por el ministro preopi­nante Eugenio Jiménez Rolón y el ministro Gustavo Santan­der Dans, quienes concluye­ron que el recurso planteado por el exlegislador no cumplió con las exigencias normati­vas del Código Procesal Penal para la instancia extraordi­naria de casación.­

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