Guerra Cristera: La libertad religiosa también necesita de leyes justas
Mientras el episcopado mexicano se debatía entre enfrentar al Gobierno del presidente Calles, vía el Memorial a las Cámaras, y así buscar un acuerdo que complaciera plenamente a la Iglesia católica, los cardenales, arzobispos y obispos de la Iglesia en los Estados Unidos de Norteamérica le dirigen una carta pastoral a los propios católicos americanos con referencia a México, que fue publicada el 12 de diciembre de 1926. Una fecha muy significativa, por ser la fiesta de la Virgen de Guadalupe.
En dicha pastoral expresan su simpatía a los que sufren, algo que nunca ha dejado de importar al gran corazón del pueblo americano. Sensibles a la opresión que destruye la unidad del hogar, y a los malos entendidos y odios que dividen a las naciones, a su gente, y ofenden la causa internacional de la amistad y la paz mundial, los obispos americanos señalan que no hay otra razón para enviar esta carta que mostrar su más profunda simpatía con el sufrimiento del pueblo de México debido a la persecución en contra de la religión en aquel país.
México es nuestro vecino, y por ser República que intenta moldear su camino a la nuestra, una nación con una población Cristiana devota de la Iglesia católica, lo que se convierte en un llamado especial a la caridad de fe, particularmente a la de los Estados Unidos.
“Hay aún razones más poderosas para hacer esta muestra Pastoral, que es la elevada consideración del deber a los principios que fundamentan y sustentan a todo gobierno justo, los principios que protegen los derechos conferidos al hombre, no por los estados, sino por Dios mismo”. (ASV. Del Messico B48, f249 p. 22-23).
Además, agregan que los obispos de la Iglesia no se pueden quedar indiferentes “cuando los principios vitales son atacados con la crueldad que se está haciendo hoy en México”.
Por ello se suman a la causa de los obispos mexicanos, por su trabajo, que es admirable en contra de la opresión, y edificar una pastoral a su gente, acciones que bien deben ser secundadas por nosotros, solo separados por una frontera, pero unidos por la mutua fe y por los lazos de la caridad fraterna que hacen más fuerte nuestro entendimiento, estima y amistad.
Subrayan la importancia de mantenerse unidos al Papa Pío XI por medio de la oración y la simpatía por la Iglesia que sufre. Quien a su vez manifiesta su tristeza y sensibilidad ante el peligro que significa esta persecución como una amenaza a la Paz de Cristo, en el Reino de Cristo en el lugar que sea. Es en las enseñanzas del amor del Maestro, al que se acude, para reconocer la gravedad de estas amenazas a la religión católica en el mundo. El presente conflicto tiene su origen en casi un siglo anterior y forma parte de la guerra contra la religión en México.
Además, en la carta pastoral tocan un punto muy importante:
“El santuario del alma y el de la conciencia, el Estado no lo puede invadir”. Esto es exactamente lo que el Gobierno de México está buscando hacer y luego quererlo justificar ante el pueblo con sus ideales nacionalistas, que están en contradicción directa al malvado espíritu del despotismo y la tiranía que actúan en las leyes y reglamentos que ahora se están ejerciendo en México, un ejemplo de lo que es un impactante y grave error para todo el mundo civilizado. Entonces queda muy claro lo que el Papa Pío XI ha señalado cuando dice que son leyes “diabólicas”.
La aparición de esta carta debe relacionarse con la encíclica Iniquis afflictisque, publicada por Pío XI el 18 de noviembre anterior. Ambos documentos denuncian las restricciones impuestas a la Iglesia y sostienen que aceptar determinadas condiciones equivaldría a entregar su independencia. La encíclica explica que los obispos mexicanos habían decidido suspender las funciones públicas que requerían sacerdotes desde el último día de julio. Conviene recordar esa decisión episcopal para no reducir toda la crisis y culpar a un cierre gubernamental indiscriminado de templos.
Aunque la pastoral suele recordarse como un mensaje de solidaridad con los obispos mexicanos, sus destinatarios formales eran el clero y los fieles estadounidenses. Esta precisión ayuda a comprender su propósito. Pretendía formar una conciencia pública capaz de reconocer la persecución y juzgarla desde principios religiosos y constitucionales. Al final dedicaba expresamente su defensa a los obispos, sacerdotes y fieles de México.
La pastoral identifica otro frente del conflicto: la disputa por la opinión internacional. Acusa al Gobierno mexicano de difundir en Estados Unidos una propaganda que presentaba su actuación como cumplimiento legítimo de la Constitución. Los obispos responden que, al buscar aprobación extranjera, ese gobierno ha sometido voluntariamente su conducta a un examen público. La carta se convierte así en una defensa ante un tribunal moral cuyos jueces serían los propios ciudadanos estadounidenses.
Al defender a los católicos mexicanos, podía presentarse también como una manera de honrar la propia tradición constitucional americana, sin convertir la obediencia religiosa en deslealtad nacional. Como lo pretende el Gobierno mexicano, “si obedeces a Roma o a México”.
La afirmación más profunda del documento es que el Gobierno no crea todos los derechos humanos. Algunos pertenecen a la persona antes de cualquier reconocimiento al poder legislativo. Para la visión religiosa, el derecho a la fe procede de Dios; en consecuencia, limita a los gobiernos a intervenir. Una Constitución existe para ordenar el poder y proteger las libertades. Cuando se utiliza para destruir los derechos que debería garantizar, deja de cumplir su finalidad, aunque conserve solemnidades, procedimientos y una apariencia de legalidad.
Para sostenerlo, los obispos proporcionan tradiciones que a menudo se presentan como irreconciliables. Santo Tomás de Aquino comparece junto a Blackstone y la Declaración de Independencia estadounidense. La ley debe responder a la razón y a la justicia; la autoridad tiene sus límites; los derechos inalienables no quedan a disposición de una mayoría pasajera. La convergencia sirve para cuestionar el argumento de creer que basta invocar a la Constitución para volver moralmente aceptable cualquier actuación del Estado.
El artículo 130 original de 1917 ofrecía motivos concretos para esta controversia. Negaba personalidad jurídica a las agrupaciones religiosas denominadas “iglesias”, permitía a las legislaturas estatales fijar el número máximo de ministros y exigía que estos fueran mexicanos por nacimiento. También restringía su participación política y sus críticas a las autoridades. La pastoral considera ese conjunto de ideas una forma de subordinación institucional. Su protesta, por tanto, se apoya en disposiciones identificables y no solamente en sentimientos religiosos heridos.
Desde esta perspectiva, el separar Iglesia y Estado exige respetar ámbitos distintos de autoridad. Si el Gobierno controla la formación sacerdotal, condiciona el ejercicio del ministerio y determina las posibilidades materiales de una comunidad religiosa, puede conservar la palabra “separación” mientras establece una dependencia efectiva. La carta teme una Iglesia convertida en una oficina más del poder civil. Su advertencia alcanza cualquier intento de fabricar una religión obediente y sumisa a los intereses cambiantes de quienes gobiernan con sus caprichos transitorios.
La comunión de los católicos con Roma adquiere aquí un sentido especial. Para los obispos, forma parte constitutiva de la Iglesia, de modo que no se puede negociar como una concesión administrativa viable. Esto explica, en parte, la suspensión del culto por falta de garantías y el querer imponer unos límites inadmisibles, así como permitir continuar bajo ciertas exigencias que podían interpretarse como una aceptación al sometimiento. Puede discutirse la elección tomada y sus consecuencias por el cierre de los templos, pero comprenderla exige reconocer el dilema que sus protagonistas afirmaban enfrentar. Reducirla a una maniobra política impide entender su profunda motivación religiosa.
También rechazan que la libertad consista únicamente en permitir una creencia interior. Una religión necesita contar con un lugar para reunirse, enseñar, formar sacerdotes, sostener obras y el mantenimiento, como transmitir su experiencia entre generaciones y, sobre todo, la praxis de la liturgia y los sacramentos. Sí puede conservar una autorización para existir en abstracto, pero pierde todas las condiciones para desarrollarse, como su libertad, pero puede quedar sin un ejercicio objetivo. La pastoral advierte que perseguir una fe conlleva a también prohibir expresamente sus tareas y progresivamente poder ejecutarse mediante una acumulación de impedimentos que vuelvan impracticable su vida comunitaria y parroquial.
Aquí vuelve a tomar relevancia la petición del episcopado mexicano en su memorándum.
Dándole importancia a la libertad para todas las religiones. Con ello se intenta mostrar que el reclamo va más allá de la recuperación de los privilegios solo para los católicos. Sin embargo, debemos leerla dentro de su horizonte doctrinal. La carta cita a León XIII para defender la obediencia de la conciencia a Dios, al mismo tiempo que rechaza entender esa libertad como una indiferencia ante la verdad religiosa. Y no respetar y dar lugar al pluralismo religioso contemporáneo.
La solidez de una libertad se comprueba cuando se ampara también a quienes no comparten nuestras certezas, nuestras prácticas o nuestras esperanzas.
La carta pastoral como una antesala de la intervención diplomática
Podemos considerarla un marco moral previo a la gestión del futuro embajador Dwight Morrow y establecer que fue una parte de un plan previamente concertado. La cercanía entre su lenguaje pastoral y la futura intervención diplomática resulta significativa, aunque aún faltan sustentos documentales para afirmarlo.
Veamos algunos mensajes, entre líneas, que indican la trascendencia de lo que implica políticamente el mensaje pastoral.
El primer mensaje es que la persecución ha dejado de ser un asunto exclusivamente interno. Desde la primera página, los obispos relacionan la opresión de las conciencias con los odios entre pueblos, la concordia internacional y la paz mundial. Al reafirmar que México es vecino de Estados Unidos.
Esa proximidad cumple una función política muy importante, pues relaciona que lo que sucede al otro lado de la frontera tiene repercusiones para la sociedad estadounidense. Es decir, que la política persecutoria de Calles está creando un problema que sus vecinos ya tienen razones suficientes para observar y discutir.
Todavía no se propone una mediación, pero se construye una justificación para interesarse en el conflicto.
Un segundo mensaje es el que responde anticipadamente a la acusación de injerencia. En la carta se sostiene que el propio Gobierno mexicano, mediante sus agentes diplomáticos y consulares, ha llevado su defensa y justificaciones al público estadounidense. Por ello, ya no se puede objetar que sus actuaciones sean examinadas ante ese mismo público.
Aquí hay un argumento muy interesante: la controversia internacional surge como consecuencia de una iniciativa del Gobierno mexicano. Los obispos se presentan como quienes responden a una campaña ya iniciada por Calles.
Esto reduce el costo político de su intervención pública. Su razonamiento equivale a decir: “si ustedes buscan nuestra aprobación, nosotros debemos explicar por qué no podemos concederla”.
El tercer mensaje sería el siguiente: No es solo a los católicos estadounidenses, sino a Washington también, en el que se insinúa que apoyar a Calles en esta materia contradice los principios políticos de los mismos Estados Unidos. La comparación entre ambas constituciones transforma la defensa de los católicos mexicanos en una cuestión de coherencia estadounidense.
La carta procura que un ciudadano protestante, un periodista o un funcionario puedan rechazar la persecución desde sus propias convicciones constitucionales. Así se amplía considerablemente el público con una justa reclamación.
La consecuencia diplomática entonces es más clara; defender la libertad religiosa se vuelve un argumento que Washington puede comprender en su propio lenguaje político sin tener que adoptar la teología católica.
El cuarto mensaje es más contundente: si el gobierno de Calles recurre a que se está aplicando cabalmente la Constitución, entonces los obispos responden que una Constitución debe proteger los derechos y limitar el ejercicio del poder. La mera existencia de una disposición legal no garantiza su justicia y permite toda clase de arbitrariedades.
Ese desplazamiento impide que la discusión termine con la afirmación del Presidente Calles de que solamente se cumple la ley. Obliga a tomar en cuenta lo que hace esa ley con la conciencia, la educación religiosa, la organización de la Iglesia y la paz social.
Una cosa es tener una ley que hay que cumplir y otra es hacerlo de una manera injusta, con procedimientos violentos y con abusos explícitos, violando incluso la misma ley al fusilar a personas sin un juicio previo, entre muchas otras acciones de la policía y el ejército.
Un quinto mensaje dentro de la pastoral afirma que la Iglesia mexicana no reclama restablecer la unión entre Iglesia y Estado, y solo hace la petición de libertad para todas las religiones.
Se quiere el respeto mutuo entre el Estado separado de la Iglesia. Pero un Gobierno que podría permitir la vida religiosa sin declarar que el principio de separación se ha abandonado.
No se ha solicitado que el Gobierno mexicano se convierta en un Estado confesional. Pero sí que otorgue la libertad al pueblo de elegir su confesión sin, por ello, ser perseguido.
Un sexto mensaje podría ser el rechazo a una cierta subordinación de la Iglesia al Estado. Que las autoridades civiles regulen el número de presbíteros o la expulsión de los extranjeros y prohibiciones sobre el ejercicio público y no solo privado de los sacramentos es una arbitrariedad inadmisible.
Tampoco se incita a una defensa armada y niegan expresamente que los obispos estén solicitando una intervención militar extranjera.
La combinación tiene una mayor relevancia diplomática, pues solo comunica que la resistencia religiosa no desaparecerá por una imposición legal injusta, mientras que procura alejar el temor de una guerra promovida desde los Estados Unidos.
En síntesis, la pastoral de diciembre de 1926 contribuyó a crear las condiciones morales y políticas para una posterior gestión diplomática. Internacionalizó la denuncia, cuestionó la legitimidad de la persecución, presentó la libertad religiosa como un principio comprensible para Estados Unidos y negó que su defensa exigiera una intervención militar. En un futuro, el embajador Morrow encontraría una vía de actuación discreta dentro de ese espacio, para los futuros arreglos.
- PRIMERA PARTE: A cien años de la Guerra Cristera
- SEGUNDA PARTE: De las Leyes de Reforma a los Cristeros: Cuando el diálogo se volvió imposible
- TERCERA PARTE: Cuando la ley quiso educar el alma
- CUARTA PARTE: Cuando los clérigos buscan las urnas
- QUINTA PARTE: La pólvora bajo la ceniza: Madero, Huerta y el clima que incubó la persecución
- SEXTA PARTE: Guerra Cristera: Cuando el Estado también quiso administrar
- SÉPTIMA PARTE: La antesala diplomática de la Cristiada
- OCTAVA PARTE: Los motivos manifiestos y ocultos de Calles
- NOVENA PARTE: La verdadera lucha fue por el dominio de la consciencia
- DÉCIMA PARTE: Guerra Cristera: La libertad religiosa también necesita de leyes justas
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