El Imparcial Sonora — Portada
01/11/2026 09:46

¿Te toca trabajar el 1 y 2 de noviembre? Esto es lo que debes recibir de pago por Día de Muertos

MÉXICO.- Aunque miles de trabajadores deberán presentarse a sus empleos durante el Día de Muertos 2026, trabajar el domingo 1 y el lunes 2 de noviembre no genera automáticamente el derecho a recibir un pago doble o triple en México.

La diferencia está en que quienes laboren el domingo pueden recibir una prima dominical de al menos 25% adicional sobre su salario diario, mientras que el lunes se paga como una jornada ordinaria, salvo condiciones particulares de cada relación laboral.

La Ley Federal del Trabajo (LFT), cuya versión vigente publica la Cámara de Diputados, establece en sus artículos 71, 73, 74 y 75 las condiciones para el trabajo en domingo, los descansos semanales y los días festivos obligatorios.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) también confirma que la prima dominical mínima es de 25% y que el Día de Muertos no forma parte del calendario de descansos obligatorios, según Récord.

¿El 1 y 2 de noviembre de 2026 son días festivos oficiales de descanso obligatorio?

Aunque el Día de Muertos se conmemora el domingo 1 y el lunes 2 de noviembre, ninguna de estas fechas aparece en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como día de descanso obligatorio.

Esto significa que las empresas no están obligadas por la legislación federal a suspender actividades ni a pagar una compensación extraordinaria únicamente porque sus empleados trabajen durante estas celebraciones.

Sin embargo, existe una diferencia entre ambas jornadas: el domingo tiene una prestación laboral específica conocida como prima dominical, mientras que el lunes no genera ese beneficio por sí mismo.

¿Cuánto deben pagarte si trabajas el domingo 1 de noviembre?

Las personas que trabajen el domingo 1 de noviembre de 2026 tienen derecho a una prima dominical de al menos 25% adicional sobre su salario diario ordinario, cuando ese domingo sea su día de trabajo y su descanso semanal corresponda a otra jornada.

Así lo establece el artículo 71 de la LFT, que contempla esta prestación para quienes prestan sus servicios en domingo.

Por ejemplo, si una persona recibe 400 pesos diarios y trabaja ese domingo, el cálculo queda de la siguiente manera:

  • Salario diario: 400 pesos.
  • Prima dominical mínima (25%): 100 pesos.
  • Total correspondiente a la jornada: 500 pesos.

La prestación no depende de que el domingo sea una celebración como el Día de Muertos. Se trata de un derecho laboral relacionado con trabajar ese día de la semana.

Es importante distinguir este supuesto de otro: si el domingo es también el día de descanso semanal del trabajador y debe presentarse a laborar, aplica el artículo 73 de la LFT, que establece un pago doble adicional al salario correspondiente al descanso.

¿El lunes 2 de noviembre se paga doble o triple?

No. El lunes 2 de noviembre de 2026 no es un día de descanso obligatorio establecido por la Ley Federal del Trabajo.

Por esa razón, quienes trabajen durante esa jornada reciben su salario ordinario, sin que exista una obligación legal de pagar una cantidad adicional por tratarse del Día de Muertos.

Hay dos situaciones que pueden modificar el pago:

  • Si la empresa concede el día libre: el descanso puede estar establecido en el contrato individual, colectivo, reglamento o política interna de la compañía. En ese caso deben respetarse las condiciones acordadas.
  • Si el lunes es el descanso semanal del trabajador: si la persona debe presentarse a laborar, tiene derecho a recibir, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio prestado, conforme al artículo 73 de la LFT.

Por lo tanto, el hecho de trabajar el 2 de noviembre no garantiza un pago extraordinario. Lo determinante es si la fecha coincide con el descanso semanal o si existe un acuerdo laboral que otorgue ese beneficio.

¿Cuándo corresponde un pago triple por trabajar en México?

El pago triple se aplica cuando una persona trabaja durante un día de descanso obligatorio contemplado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

El artículo 75 establece que, además del salario que corresponde por el descanso, el patrón debe pagar un salario doble por el servicio prestado.

Por ejemplo, si una persona gana 400 pesos diarios y trabaja durante un día festivo obligatorio, el cálculo es:

  • Salario correspondiente al descanso: 400 pesos.
  • Pago doble adicional por trabajar: 800 pesos.
  • Total por esa jornada: 1,200 pesos.

Esta disposición no se aplica automáticamente al 1 y 2 de noviembre, porque ninguna de esas fechas está incluida en el calendario legal.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio que quedan en 2026?

Después del Día de Muertos, todavía quedan dos fechas de descanso obligatorio en el calendario laboral de México durante 2026.

De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, son las siguientes:

  • Lunes 16 de noviembre: descanso obligatorio por la conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana, correspondiente al tercer lunes de noviembre.
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad.

Si una persona debe trabajar durante cualquiera de estas fechas, tiene derecho al pago triple, conforme al artículo 75 de la legislación laboral.

Te puede interesar: La propuesta para cambiar y duplicar el aguinaldo en la Ley Federal del Trabajo a 30 días dejó dudas sobre quiénes sí y quiénes no lo recibirán, pero la normativa vigente dice que el piso obligatorio para este fin de año sigue siendo de 15 días y que un monto mayor solo aplica por contrato privado o en el sector público

¿Qué hacer si tu patrón no paga la prima dominical o el descanso obligatorio?

Si trabajaste un domingo y no recibiste la prima dominical correspondiente, o si laboraste durante un día de descanso obligatorio y no te pagaron conforme a la ley, puedes solicitar orientación gratuita ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

La Profedet ofrece asesoría para revisar las condiciones de cada relación laboral y orientar a las personas sobre cómo reclamar prestaciones pendientes.

La institución también señala que el plazo general para exigir el pago de la prima dominical es de un año a partir de que la prestación sea exigible.

Puedes consultar la información y los servicios disponibles en el portal oficial de la Profedet.

En resumen, trabajar el domingo 1 de noviembre puede representar un ingreso adicional por la prima dominical, mientras que el lunes 2 se paga de manera ordinaria, salvo que coincida con el descanso semanal o exista un acuerdo que establezca otra condición. Los siguientes días en los que la ley sí contempla descanso obligatorio y pago triple son el 16 de noviembre y el 25 de diciembre de 2026.

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