Aprueban ley que permitirá a las personas cuidadoras recibir apoyos económicos, capacitación, servicios de salud y relevos para descansar, mientras busca evitar que las mujeres sigan asumiendo solas el trabajo de atender a sus familias
El Congreso de Querétaro aprobó por unanimidad la Ley del Sistema Estatal de Cuidados, una legislación que reconoce el derecho de las personas a recibir atención, cuidar en condiciones dignas y ejercer el autocuidado. La medida busca reducir la desigualdad en la distribución de las tareas de asistencia, que históricamente han recaído principalmente en las mujeres.
La iniciativa fue impulsada por las diputadas y diputados Claudia Díaz Gayou, Laura Andrea Tovar Saavedra, Arturo Maximiliano García Pérez, Rosalba Vázquez Munguía y Eric Silva Hernández. Después de recibir modificaciones en la Comisión de Salud, donde fue aprobada el 30 de septiembre, obtuvo el respaldo unánime del Pleno.
La diputada Claudia Díaz Gayou, promovente de la propuesta, señaló que las labores de cuidado representan trabajo, tiempo y esfuerzo que pocas veces reciben reconocimiento económico.
“Cuidar es ayudar a comer, acompañar a una consulta, atender a una niña, apoyar a alguien que está enfermo. Son horas de trabajo, esfuerzo físico, preocupación y gastos. Y aunque muchas veces ese trabajo no recibe un salario, sostiene la vida de nuestras familias”, expresó.
¿Cómo funcionará el Sistema Estatal de Cuidados en Querétaro?

La legislación establece un mecanismo de coordinación entre distintas dependencias públicas, sin crear una nueva institución burocrática. Su funcionamiento estará basado en la corresponsabilidad entre Gobierno, familias, empresas y sociedad.
Entre sus principales disposiciones se encuentran:
- Junta Estatal de Cuidados: será el órgano encargado de conducir el sistema y estará presidido por la Secretaría de Desarrollo Social.
- Secretaría Técnica: sus funciones estarán a cargo de la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana.
- Dependencias participantes: se integrarán las secretarías de Finanzas, Salud, Educación y de las Mujeres, además del DIF estatal.
- Sesiones periódicas: la Junta deberá reunirse al menos cada tres meses y sus integrantes desempeñarán cargos honoríficos.
- Participación municipal: los ayuntamientos podrán incorporarse mediante convenios específicos, sin recibir obligaciones o costos sin su aceptación expresa.
El modelo también contempla un Consejo Consultivo ciudadano, un Programa Estatal de Cuidados, un Sistema de Información y un Directorio Público de Servicios para organizar y dar seguimiento a las acciones.
¿Qué servicios ofrecerá la nueva ley de cuidados?
El catálogo de servicios contempla distintas modalidades de asistencia, con el propósito de atender las necesidades de las personas que requieren apoyo y de quienes realizan las labores de cuidado.
Entre los servicios previstos se encuentran:
- Apoyos directos en el hogar, para facilitar la atención de personas que necesitan asistencia cotidiana.
- Centros de día y estancias temporales, como alternativas para recibir cuidados fuera del domicilio.
- Rehabilitación y cuidados paliativos, dirigidos a personas con necesidades específicas de atención.
- Cuidado infantil, para atender a niñas y niños.
- Tecnologías de apoyo, como herramientas para facilitar las actividades de asistencia.
La propuesta también contempla capacitación, apoyos económicos, servicios de salud y relevos de tiempo libre para las personas cuidadoras, con la intención de que puedan atender sus propias necesidades sin abandonar sus proyectos personales.
¿Quiénes podrán recibir los apoyos del Sistema Estatal de Cuidados?
La ley identifica dos grupos principales: quienes necesitan asistencia de otras personas y quienes realizan estas actividades. El objetivo es reconocer las necesidades de ambos sectores y evitar que la responsabilidad recaiga exclusivamente en las familias.
Los grupos contemplados son:
- Niñas, niños y adolescentes, que requieren atención durante sus distintas etapas de desarrollo.
- Personas adultas mayores, que necesitan asistencia para determinadas actividades de la vida cotidiana.
- Personas con discapacidad, que pueden requerir apoyos específicos para su autonomía y bienestar.
- Pacientes con enfermedades crónicas y degenerativas, cuyas condiciones pueden demandar atención continua.
- Personas cuidadoras, quienes podrán acceder a capacitación, apoyos económicos, servicios de salud y periodos de descanso.
Como medida de protección de datos personales, la legislación prohíbe crear un padrón público con los nombres de las personas cuidadas y de quienes las atienden.
¿Qué estados tienen leyes de sistemas de cuidados en México?
Con esta aprobación, Querétaro se convierte en la tercera entidad del país en contar con una ley reglamentaria propia para un sistema estatal de cuidados, después de Jalisco y la Ciudad de México.
Por otra parte, entidades como Campeche, Aguascalientes, Nuevo León y Estado de México han reconocido constitucionalmente el derecho al cuidado, aunque, de acuerdo con la información proporcionada, todavía no cuentan con sus respectivas leyes secundarias para desarrollar estos sistemas.
La aprobación queretana representa un avance legislativo, pero su aplicación todavía depende de la publicación oficial de la ley, requisito para su entrada en vigor. Posteriormente, deberán desarrollarse los instrumentos de planeación y coordinación que permitan poner en funcionamiento los servicios contemplados.
El alcance de la legislación dependerá de cómo se implementen los apoyos y de la capacidad de las instituciones para distribuir las responsabilidades de cuidado, reconocer el trabajo de quienes lo realizan y garantizar atención a las personas que la necesitan.
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