La miseria del veto judicial
REFUTACIONES POLÍTICAS
Durante años, una legión de juristas domesticados y corifeos de la academia nos vendió un cuento de hadas: nos dijeron que el Derecho contemporáneo había alcanzado su madurez gracias a los “principios jurídicos”, que los jueces debían ser los guardianes morales de la sociedad y que el viejo imperio de la ley (esa norma general, abstracta y votada en el parlamento) era un anacronismo autoritario frente a las maravillas de la “ponderación”.
Bajo ese ropaje técnico y pretencioso, se consumó una de las mayores expropiaciones políticas de nuestro tiempo. Se construyó una auténtica juristocracia: el gobierno de las togas por encima del voto ciudadano.
La trampa comenzó en los libros de texto. Teóricos como Ronald Dworkin o Robert Alexy convencieron a generaciones de abogados de que el Derecho no está hecho para organizar el Estado, sino para servir de plastilina en las manos de los jueces. Para ellos, el orden jurídico no son las leyes claras dictadas por el legislador, sino un enjambre vaporoso de “principios” y “mandatos de optimización”.
¿Cuáles son esos principios de manera puntual, con nombre y apellido, clasificados de la A a la Z? Jamás lo dicen. No pueden, porque si definieran con precisión matemática qué es cada principio y qué jerarquía tiene (como sí lo hizo John Rawls con sus rigurosos principios de justicia), se les acabaría el negocio de la discrecionalidad. Al mantener los principios en una niebla abstracta, el juez queda en libertad absoluta para meter la mano en el sombrero y sacar, como mago de feria, la sentencia que mejor convenga a sus propios intereses, a su ideología o a los poderes económicos que lo respaldan.
El error de partida es descomunal: parten de la falsa premisa de que el Derecho existe primero para vigilar y juzgar la conducta de los ciudadanos individuales, y que los tribunales son el centro del universo. Falso. El Derecho no nació para disciplinar al ciudadano de a pie; el Derecho nació, ante todo, para racionalizar y darle sentido al poder.
La historia de la civilización es la historia de cómo la sociedad construye instituciones para hacer racionalmente efectivo el poder. Por eso, el Derecho primero levanta la casa del poder: define quién manda, con qué facultades, bajo qué procedimientos y con qué límites. Primero se organiza el Estado y se somete la fuerza pública a la razón institucional; solo después, y como consecuencia de esa arquitectura previa, el Derecho se ocupa de regular las conductas de las personas. Al poder le interesan las conductas; a las conductas no les brota espontáneamente la sumisión al poder si no hay previamente un andamiaje institucional que las ordene. Invertir este orden para poner al juez y su moralina individual en la cúspide es una ingenuidad teórica o una descarada maniobra política.
En América Latina, esta doctrina operó como el gran cerrojo conservador. Para impedir que los pueblos soberanos transformaran sus economías, recuperaran sus recursos estratégicos o frenaran los abusos corporativos a través del voto popular en las urnas, inventaron dos grandes candados: el “control de convencionalidad” y el “bloque de constitucionalidad”.
Convirtieron a los tratados internacionales y a las resoluciones de tribunales foráneos (integrados por burócratas que nadie eligió y que no le rinden cuentas a ningún pueblo) en un Caballo de Troya para pisotear la soberanía interna. Con la coartada de “proteger principios abstractos”, cualquier juez de distrito se siente hoy con el derecho divino de suspender leyes completas, frenar obras públicas y declarar inválidas reformas constitucionales impulsadas por millones de ciudadanos. El poder constituido se declara superior al propio poder constituyente.
A esa patología hay que llamarla por su nombre: la miseria del veto judicial. Un sistema donde la ley general y democrática es suplantada por el humor de un juez que “pondera” principios a puerta cerrada, no es un Estado de derecho; es una oligarquía judicial. Urge sacudirse este complejo colonial y principialista: la legitimidad de una República reside en la soberanía popular y en la deliberación democrática de su asamblea legislativa, jamás en el veto arbitrario de una casta togada que se cree dueña de la justicia.
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