Fondo de ahorro 2026: ¿Es una prestación mínima de ley y cuándo se paga?
El fondo de ahorro es una prestación laboral que permite a los trabajadores acumular dinero mediante aportaciones de su sueldo y contribuciones de la empresa. Para conservar su tratamiento fiscal, el patrón debe aportar la misma cantidad que el empleado, respetar un límite de hasta 13% del salario y cumplir otras condiciones establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
El fundamento se encuentra en el artículo 27, fracción XI, de la LISR, que establece los requisitos para que las aportaciones patronales sean deducibles, y en el artículo 93, fracción XI, que contempla la exención del Impuesto sobre la Renta (ISR) para los ingresos provenientes de fondos de ahorro que cumplan las condiciones fiscales. Estas disposiciones son aplicables en México. SAT
¿Qué es el fondo de ahorro y cómo funciona?
El fondo de ahorro es una prestación que algunas empresas ofrecen a sus trabajadores para fomentar el ahorro durante un periodo determinado. Consiste en retener una parte del salario del empleado y sumar una cantidad equivalente aportada por el patrón.
Ambas contribuciones se acumulan en un fondo y se entregan al trabajador conforme al calendario establecido en el reglamento de la prestación. Algunas empresas realizan el pago una vez al año, frecuentemente en diciembre, mientras que otras contemplan fechas distintas.
A diferencia de una deducción ordinaria de nómina, el dinero descontado para este concepto no representa un pago de deuda ni una retención definitiva: es una aportación destinada al ahorro del trabajador.
Tampoco debe confundirse con otras prestaciones:
- Fondo de ahorro: reúne las aportaciones del trabajador y de la empresa. El empleado puede recibir ambas cantidades cuando se cumplen las condiciones de retiro.
- Afore: administra los recursos destinados al retiro del trabajador mediante una cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro.
- Fonacot: es un crédito que el trabajador contrata y que paga mediante descuentos de nómina; no es una prestación de ahorro.

¿Cuánto debe aportar la empresa al fondo de ahorro?
La legislación fiscal establece que la aportación de la empresa debe ser igual a la que realiza el trabajador para que la contribución patronal sea deducible.
Por ejemplo, si una persona destina 8% de su salario al fondo, la empresa debe aportar otro 8%. De esta manera, el ahorro se integra con cantidades equivalentes de ambas partes.
Sin embargo, existe un límite fiscal: la aportación patronal no puede exceder 13% del salario del trabajador y tampoco puede superar el equivalente a 1.3 veces el salario mínimo general elevado al año.
Esto significa que los porcentajes de 5%, 8% o 10% que suelen ofrecer algunas empresas son esquemas posibles, pero no representan porcentajes obligatorios establecidos para todos los centros de trabajo.
Ejemplo de cómo se acumula el fondo:
Si un trabajador recibe un salario mensual de 15,000 pesos y tanto él como su empresa aportan 8%, el resultado sería:
| Concepto | Cantidad mensual |
|---|---|
| Aportación del trabajador (8%) | $1,200 |
| Aportación de la empresa (8%) | $1,200 |
| Ahorro mensual acumulado | $2,400 |
| Ahorro en 12 meses | $28,800 |
Ejemplo ilustrativo antes de considerar rendimientos, ajustes o condiciones particulares del plan.
La aportación de la empresa representa una cantidad adicional al dinero que el trabajador destina de su sueldo, por lo que el ahorro acumulado puede ser mayor que el monto de los descuentos registrados en su recibo de nómina.
¿Qué requisitos debe cumplir el fondo de ahorro para no pagar ISR?
El fondo de ahorro tiene un tratamiento fiscal específico. El artículo 27, fracción XI, de la LISR establece las condiciones para que las aportaciones patronales sean deducibles, mientras que el artículo 93, fracción XI, contempla la exención correspondiente para el trabajador.
Entre los principales requisitos se encuentran:
- Aportaciones iguales: la cantidad que aporta la empresa debe ser idéntica a la que aporta el trabajador.
- Límite de aportación: la contribución patronal no debe superar 13% del salario del empleado.
- Tope adicional: la aportación patronal tampoco debe exceder 1.3 veces el salario mínimo general elevado al año.
- Otorgamiento general: el fondo debe cumplir las condiciones de generalidad aplicables a las prestaciones de previsión social.
- Permanencia de los recursos: el plan debe respetar las condiciones de retiro y administración establecidas en el Reglamento de la LISR.
El cumplimiento de estas condiciones es importante porque la exención fiscal no se obtiene automáticamente por llamar fondo de ahorro a una prestación.
¿Cada cuánto tiempo se puede retirar el dinero?
El artículo 49 del Reglamento de la LISR establece que el plan debe permitir retirar las aportaciones únicamente en dos circunstancias:
- Al terminar la relación laboral.
- Una vez al año.
Por lo tanto, el fondo no debe funcionar como una cuenta de la que el trabajador pueda retirar dinero libremente en cualquier momento si se busca conservar los requisitos de permanencia para la deducibilidad fiscal.
Además, el reglamento establece condiciones para los préstamos que se otorguen con recursos del fondo:
- El fondo debe destinarse a conceder préstamos a los trabajadores participantes.
- Los préstamos respaldados con las aportaciones del trabajador no pueden superar el saldo que este tenga acumulado.
- Si se otorga más de un préstamo durante el año, el anterior debe estar liquidado y deben transcurrir al menos seis meses desde su liquidación total para que las aportaciones patronales sigan siendo deducibles.
¿Qué pasa con el fondo de ahorro si renuncias o cambias de trabajo?
Si el trabajador renuncia o termina su relación laboral por cualquier otra causa, el Reglamento de la LISR contempla el retiro de las aportaciones acumuladas al concluir la relación de trabajo.
Esto significa que no es necesario esperar hasta diciembre o hasta la fecha ordinaria de entrega anual para solicitar los recursos, siempre que se cumplan las condiciones del plan.
Antes de salir de la empresa, conviene revisar:
- El saldo acumulado de las aportaciones personales.
- La cantidad aportada por el patrón.
- Los rendimientos generados, si los hay.
- Los préstamos pendientes de liquidar, en caso de haber solicitado alguno.
- El procedimiento y la fecha de entrega de los recursos.
La fecha de pago y el procedimiento administrativo deben consultarse con el área de Recursos Humanos o Nómina. Es recomendable solicitar un desglose de las cantidades acumuladas para comprobar que el monto entregado corresponda al saldo del fondo.
¿El fondo de ahorro es obligatorio para todas las empresas?
El fondo de ahorro no forma parte de las prestaciones mínimas generales que la Ley Federal del Trabajo establece para todos los trabajadores.
Su otorgamiento depende de las condiciones laborales de cada empresa, de sus políticas internas o de los acuerdos establecidos en los contratos individuales o colectivos de trabajo.
Por esa razón, no todos los trabajadores reciben esta prestación y tampoco existe un porcentaje universal que todas las empresas deban descontar o aportar.
Si una compañía ofrece el beneficio, sus condiciones deben estar documentadas para que el empleado conozca el porcentaje de aportación, las fechas de entrega, los requisitos de retiro y las reglas de los préstamos.
En consecuencia, quienes reciben esta prestación deben revisar su recibo de nómina y solicitar a Recursos Humanos el reglamento del fondo. El documento permitirá conocer cuánto aporta cada parte, cuándo se libera el dinero y qué procedimiento debe seguirse en caso de renuncia o terminación laboral.
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