Peña promulga ley para adelantar pagos a ahorristas de Ueno: estos son los pasos
El presidente Santiago Peña promulgó la Ley N° 7745, instrumento que amplía la Ley N° 2.334/2003 e incorpora artículos a la normativa de garantía de depósitos. La medida garantiza que los ahorristas afectados por procesos de resolución financiera puedan recuperar una parte de sus fondos en el menor tiempo posible.
El mandatario destacó el tratamiento del Congreso Nacional e instó al Banco Central del Paraguay (BCP) a aplicar la normativa de manera inmediata, tras proceso de resolución de Ueno Bank.
¿Cuánto podrán cobrar los depositantes como anticipo?
El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) pagará a cada depositante habilitado un anticipo a cuenta de la garantía de hasta 40 salarios mínimos mensuales para actividades no especificadas en la Capital.
Si el saldo neto resultante de la compensación previa fuere menor a dicho tope, se abonará ese monto inferior. Si la compensación no arroja un saldo a favor del ahorrista, no corresponderá el anticipo.
¿Cómo se calcula el saldo neto antes del pago?
Para determinar la suma a transferir, la entidad o autoridad compensará las obligaciones vencidas del depositante con la entidad financiera frente a la totalidad de los depósitos que este mantenga en ella.
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¿Cuándo deberán iniciarse los desembolsos?
El procedimiento de pago del anticipo iniciará dentro de las 24 horas y no superará los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la ley para aquellos procesos de resolución que ya se encuentren en curso.
Para nuevos procesos futuros, el mismo plazo de cinco días hábiles correrá desde el momento en que se apruebe la resolución correspondiente.
¿Quiénes quedan excluidos y qué pasa con cobros indebidos?
No tienen derecho a este anticipo las personas vinculadas a la entidad financiera o aquellas excluidas expresamente de la cobertura del Fondo.
En caso de que una persona excluida o vinculada reciba el dinero, deberá restituirlo al Fondo dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la Superintendencia de Bancos.
La devolución será exigible sin más trámites y sin perjuicio de las responsabilidades penales correspondientes.

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