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Puente estará en las papeletas electorales y se darán por válidas las que lleven su nombre tachado
La Junta Electoral Provincial de Valladolid ha resuelto que Óscar Puente seguirá en la papeleta de la candidatura del PSOE al Congreso por Valladolid, si bien se darán por válidas aquellas en las que su nombre aparezca con tachaduras.Según recoge el acta de la reunión celebrada en la mañana de este jueves, a la que ha tenido acceso ABC, el órgano electoral competente en esta materia ha desestimado la petición formulada por el representante provincial de la candidatura del PSOE, Francisco Ferreira, al Congreso de los Diputados por la circunscripción de Valladolid «para que se dicte acuerdo sobre la confección de la papeleta electoral de esta formación política, suprimiendo el nombre de la persona renunciante y renumerando correlativamente a los siguientes candidatos, respetando su orden y procediendo a su impresión».La Junta Electoral, que da por admitida la renuncia de Puente, señala que esta «se ha comunicado formalmente a esta Junta Electoral Provincial el día 4 de noviembre, esto es, una vez publicada la proclamación de candidatos en el BOE de, 3 y, según el Acuerdo de la JEC 162/1977, de 6 de junio, en el caso de renuncia de un candidato con posterioridad a la proclamación de las candidaturas no ha de imprimirse nueva papeleta con exclusión del mismo e introducción de su sustituto». «Y ello con independencia del mayor o menor lapso temporal existente entre la publicación de la proclamación y la comunicación de la renuncia», añade el acta.En el último punto, del acta se establece que ·ante la eventualidad de que puedan darse papeletas con tachadura sobre el nombre del candidato del PSOE que ha renunciado, poner en conocimiento de las juntas electorales de zona de la provincia de Valladolid y, a través de ellas, de los presidentes de las mesas electorales el contenido del Acuerdo de la JEC 716/2011, de 16 de noviembre según el cual han de considerarse válidas las papeletas que puedan contener la tachadura sobre el nombre de uno de los candidatos que ha renunciado, dado que dicha acción se limita a adecuar la papeleta a la realidad de la candidatura en el momento de la votación, resultando en todo caso incuestionable el sentido del voto".La Junta electoral también alude para mantener a Puente en la lista a la "doctrina general de la inmodificabilidad de las papeletas tras la proclamación de candidatos" que ha sido ratificada por acuerdos de la Junta Electoral Central de 26-5-1986 y 7-2-1996 en casos análogos (se trataba de un cambio de denominación de la candidatura) y, en el particular caso de la renuncia de candidatos, por el Acuerdo 720/1995, de 28 de mayo, según el cual en caso de renuncia de candidatos con posterioridad a la proclamación ha de considerarse subsistente la candidatura con el resto de los candidatos titulares o suplentes.
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