La Corte buscará recuperar de Ueno Bank más de G. 250 millones por tasas judiciales
La Corte Suprema de Justicia informó este jueves que se encuentran pendientes de transferencia por parte de Ueno Bank los ingresos percibidos en concepto de tasas judiciales y registrales correspondientes al 2 de noviembre de 2026, por G. 248.441.083, y al 3 de noviembre, por G. 2.007.877.
El monto total asciende a G. 250.448.960, conforme al contrato suscrito con la entidad bancaria, de acuerdo con lo publicado por la máxima instancia judicial en su página web y redes sociales.
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Agrega que, como el Banco Central del Paraguay dispuso el inicio del procedimiento de resolución de Ueno Bank, y que, en ese marco, la Ley N° 2334/03 establece una cobertura general del Fondo de Garantía de Depósitos de hasta 75 salarios mínimos por depositante y por entidad financiera, equivalente actualmente a G. 228.300.000.
Corte analiza mecanismo para recuperar fondos
Al respecto, la Ley N° 7745/2026 incorpora un mecanismo de anticipo de esa garantía, sujeto a las condiciones legales aplicables a los depositantes. Sin embargo, el monto depositado por la Corte en Ueno Bank supera el límite establecido (G. 228.300.000) para el anticipo de fondos mediante la cobertura del Fondo de Garantía de Depósito.

En el comunicado la Corte afirma que realizará las gestiones necesarias ante las instancias competentes para procurar el recupero de los fondos y, en caso de ser necesario, ejecutará la garantía de fiel cumplimiento prevista en el contrato respectivo.
Finalmente, la Corte recuerda que el cobro de tasas a través de Ueno Bank se encuentra suspendido. Los pagos pueden efectuarse en las demás entidades habilitadas: Itaú, Basa, Continental y Sudameris.
Mail oficial para el cobro del anticipo de Ueno Bank
El Banco Central del Paraguay emitió ayer un comunicado dirigido a los depositantes de Ueno Bank que están a la expectativa del pago del anticipo de la garantía del Fondo de Garantía de Depósitos a los ahorristas.
Los depósitos cuentan con una garantía de hasta setenta y cinco (75) salarios mínimos mensuales para actividades diversas no especificadas, por persona física o jurídica en cada entidad financiera, conforme al régimen legal aplicable.
Este límite equivale, a la fecha, a G. 228.300.000. La cobertura se aplica por depositante y por entidad, no por cada cuenta individual. Pero en este anticipo, los depositantes cobrarán hasta 40 salarios mínimos.
Esto, de acuerdo con la Ley N.º 2.334/03, «De garantía de depósitos y resolución de entidades de intermediación financiera sujetos de la Ley General de Bancos, Financieras y otras Entidades de Crédito»
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