“PropoFest”: Casación anuló el avance a juicio y ordenó continuar la investigación contra los anestesiólogos del Hospital Italiano
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la elevación a juicio de la causa que investiga el presunto desvío de propofol del Hospital Italiano de Buenos Aires y ordenó que el expediente regrese a la etapa de instrucción. La decisión alcanza a la investigación contra dos médicos anestesiólogos procesados por defraudación por administración fraudulenta y responde a la falta de producción de pruebas que podrían modificar el alcance de los hechos investigados y la participación atribuida a los imputados.
El fallo respaldó los planteos del Ministerio Público Fiscal (MPF), que había cuestionado el cierre de la investigación mientras permanecían pendientes los peritajes sobre los dispositivos electrónicos secuestrados. Para Casación, avanzar hacia el debate oral sin conocer esos resultados podía comprometer la adecuada determinación de la acusación e incluso afectar la validez del juicio.
La causa comenzó en febrero de 2026 y tiene como imputados al exmédico del área de Anestesiología del Hospital Italiano, Hernán Boveri, y a una exresidente de tercer año de la misma especialidad, Delfina “Fini” Lanusse. Según la hipótesis judicial, ambos habrían desviado propofol para su utilización personal, en perjuicio de la institución. En junio, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó sus procesamientos: el primero como presunto autor de la maniobra y la segunda como partícipe secundaria.
Durante la investigación, los camaristas habían señalado la necesidad de avanzar con la apertura y el análisis de los dispositivos electrónicos de los acusados. En consecuencia, el fiscal Lucio Herrera, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°29, solicitó que la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (Datip) realizara los peritajes. También requirió registros para establecer en cuántas operaciones intervinieron los imputados entre enero de 2025 y febrero de 2026 en las que se hubiera registrado el uso de ampollas de propofol.
Sin embargo, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°47, que había estado subrogado por otro magistrado durante gran parte de la instrucción, consideró que las pruebas pendientes podían producirse durante el juicio oral. Herrera se opuso al cierre del expediente porque entendía que el análisis de los dispositivos era “potencialmente relevante” para esclarecer los hechos. El juzgado mantuvo su postura y sostuvo que esas diligencias no eran imprescindibles para decidir la clausura de la investigación.
El desacuerdo continuó cuando el caso llegó al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17. En agosto, la fiscal María Luz Castany solicitó que las actuaciones regresaran a primera instancia. En su dictamen, advirtió que el examen del contenido de los dispositivos “excede lo que razonablemente se puede entender como una medida de prueba secundaria o tangencial, que pueda quedar pendiente en el marco de una instrucción suplementaria”.
La representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) explicó que los resultados podían tener consecuencias “tanto en la ampliación de la base de los hechos, como en la delimitación de la intervención de los imputados y su alcance y encuadre jurídico”. También recordó que el expediente está relacionado con otras tres investigaciones: una sobre las circunstancias de la muerte de un médico, otra que involucra a una anestesióloga del Hospital Rivadavia y una tercera que tramita en el fuero federal porteño.
Castany cuestionó que el juzgado hubiera avanzado hacia el juicio sin completar una medida prevista desde el inicio de la investigación. Según planteó, los dispositivos de almacenamiento habían formado parte de los elementos buscados durante los allanamientos y no era posible descartar que su análisis modificara la reconstrucción de los hechos. Además, señaló que no existían demoras que justificaran prescindir de esa prueba, dado que los procesamientos eran recientes y ya se habían superado los inconvenientes con las defensas vinculados con su producción.
El juez Pablo Vega, del Tribunal Oral N°17, coincidió con el planteo fiscal y consideró prematura la elevación a juicio. Por ese motivo, devolvió el expediente al juzgado de origen. No obstante, el magistrado de primera instancia aceptó parcialmente esa decisión y remitió nuevamente al tribunal el tramo correspondiente a Boveri.
Ante esa situación, Castany solicitó la nulidad de la clausura de la investigación y de las actuaciones posteriores. Sostuvo que postergar la producción de las pruebas suponía trasladar al debate oral cuestiones que debían esclarecerse durante la instrucción. El tribunal compartió sus objeciones y elevó la controversia a Casación.
En esa instancia intervino el fiscal general Juan Manuel Fernández Buzzi, quien respaldó la posición de sus colegas. “No se trata aquí de subsanar una mera deficiencia formal ni de producir una diligencia probatoria complementaria, sino de completar una medida de investigación cuya realización fue solicitada durante la etapa instructora y cuya relevancia ha sido expresamente ratificada por la fiscal que interviene ante el tribunal oral”, sostuvo.
“Útil y pertinente”
Al analizar el expediente, el camarista Nicolás Grappasonno concluyó que la prueba requerida por Herrera “resultaba útil y pertinente para la presente investigación”. Consideró que sus resultados podían incidir no solamente en el fortalecimiento de la hipótesis acusatoria, sino también en la determinación de los hechos que eventualmente serían sometidos a juicio. Por esa razón, entendió que no correspondía diferir su producción hasta el debate oral, ya que sus posibles implicancias todavía eran difíciles de delimitar.
Casación señaló que el juzgado no había ponderado adecuadamente el impacto que podía tener esa evidencia sobre la acusación y advirtió que esa circunstancia podía comprometer la correcta realización o validez del juicio. En consecuencia, declaró la nulidad de la resolución del 17 de julio, mediante la cual el Juzgado N°47 había rechazado el planteo fiscal e insistido en exigir el requerimiento de elevación a juicio, pese a las objeciones del MPF.
La decisión también dejó sin efecto todas las actuaciones posteriores a aquella resolución.
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