“Logros de la Sección XXII”
Hoy toca hablar del orgullo que muchos sienten al tomar las calles. Limitar o parar el tráfico, desviar el tránsito de personas e irrumpir en la vida de los ciudadanos sin permiso, de lo que las personas poco conocen y de quienes conforman una Sección XXII del CNTE, (Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación).
Ha habido múltiples luchas, movilizaciones con diversas demandas, sus logros se traducen en Oaxaca y repercuten en otros estados de la República Mexicana y a saber, frente a tanta falta de información, son los siguientes:
1.-Resistencia a la Reforma Educativa de 2013: La Sección XXII fue uno de los principales movimientos en resistencia contra la reforma educativa impulsada por el gobierno federal, logrando frenar la implementación en varios aspectos, sobre todo en la aplicación de evaluaciones punitivas a maestros.
2. Defensa del derecho laboral docente: Han defendido con éxito derechos laborales como la estabilidad y la jubilación digna para los maestros, evitando despidos masivos y recortes en prestaciones.
3. Mejora en infraestructura educativa comunitaria: Mediante acuerdos y presión social han conseguido recursos y gestiones para mejorar la infraestructura en escuelas rurales y zonas indígenas.
4.- Fortalecimiento de la educación indígena y bilingüe: Han promovido la educación en lenguas originarias, asegurando que los contenidos sean respetuosos y pertinentes culturalmente.
5. Movilización para beneficios sociales y salariales: Han logrado aumentos salariales y mejora en las condiciones de trabajo para docentes afiliados.
6. Participación en la vida política y social de Oaxaca: Han influido en decisiones locales sobre políticas educativas y en el fortalecimiento de la organización social.
7.-Los Estados de la República que se benefician con esta lucha son: Logros de la Sección XXII en Oaxaca: La influencia y los logros de la Sección XXII, como parte de la CNTE, han tenido impacto indirecto o directo en varios estados donde la CNTE tiene presencia activa, entre ellos: Chiapas, Guerrero, México (Estado de México y Ciudad de México), Michoacán, Morelos, Durango, Veracruz. Estos estados han visto mejoras en derechos laborales, freno a algunas reformas educativas y la defensa de la educación pública y comunitaria.
8.-Cuando la Sección XXII y otros grupos magisteriales realizan marchas y paros, algunas autoridades y sectores consideran que ciertas acciones pueden estar en conflicto con artículos constitucionales. Sin embargo, es importante mencionar que estas manifestaciones también están amparadas y protegidas por otros artículos que garantizan derechos ciudadanos. Algunos artículos constitucionales que, según autoridades u observadores, pueden considerarse vulnerados en contextos de marchas y paros prolongados, en especial cuando afectan servicios públicos o derechos de terceros: Los Artículos que podrían considerarse vulnerados en marchas y paros. Se violentan por la Sección XXII:
Artículo 9 • Derecho de reunión pacífica sin armas. • Si una manifestación es pacífica está protegida, pero si se bloquean vías o espacios públicos de forma que se impida la libertad de tránsito, podría considerarse una afectación al derecho de otros ciudadanos. Artículo 11 • Derecho a la libertad de tránsito para viajar por el territorio nacional. • Los bloqueos viales durante marchas afectan este derecho, ya hay dolor social por ello. Artículo 3 • Derecho a la educación. • Los paros prolongados en escuelas pueden afectar el derecho de los estudiantes a recibir educación. La Sección XXII no capacita a sus miembros, no acceden a escalafón sino con participación en marchas o paros. Se violenta por supuesto el Artículo 14 y 16 Constitucionales: Derechos relacionados con la legalidad y el debido proceso.
En caso de detenciones o sanciones derivadas de manifestaciones, estos artículos garantizan un proceso justo. Se violenta el Artículo 6 y 7 Constitucionales: Derecho a la libertad de expresión y acceso a la información. Aunque estos amparan la protesta, pueden entrar en conflicto cuando se limita la difusión informativa o se bloquean medios de comunicación. Ahora bien, de parte de los Maestros, o Instructores, Profesores, los Derechos protegidos a favor de la Sección XXII y otros manifestantes Artículo 7 y 9 garantizan la libertad de expresión y reunión pacífica, derecho fundamental para que docentes y sectores sociales puedan manifestarse. El Artículo 8° Constitucional del derecho de Petición.- Parece ser que no lo conocen a cabalidad, ni el Juicio de Amparo para poder acceder a tomar calles y plazas constitucionalmente, ni lo dan a conocer al pueblo de Oaxaca.
En resumen, la tensión está en el equilibrio entre el derecho a manifestarse y los derechos de terceros (como el tránsito y la educación). Las autoridades deben buscar soluciones que respeten ambos aspectos. Las marchas y paros en ocasiones pueden afectar ciertos artículos constitucionales a muchos de los Ciudadanos, pero también son formas legítimas de protesta protegidas por la Constitución. Parece ser que no bastan las prestaciones de la nómina magisterial de la Sección 22 (IEEPO), que su calidad académica no es constante en su capacitación, las minutas por las que ha luchado siguen creciendo: Aguinaldo: el IEEPO anunció que el magisterio de la Sección 22 recibiría 90 días de aguinaldo. Se paga en dos partes, y las minutas recientes contemplan mesas de gestión para quienes tienen incidencias con la segunda. Prestaciones de carácter local: el 22 por ciento, el diferencial de retiro y la ayuda humanitaria. Bonos: ajuste de calendario y Día del Maestro, entre otros bonos locales que se han negociado históricamente. Prima quincenal y quinquenios: cada 5 años de servicio se añade un monto fijo al sueldo base, y se suman bonos estatales para material didáctico, despensa y estímulos por el Día del Maestro. Esta fuente describe el magisterio en general, no solo a la Sección 22. Bono de la SEP de 2026: en junio, la Asamblea Estatal votó a favor de un receso de la huelga, tras una oferta que incluía un bono para contratar maestros. El detalle de este bono no quedó claro.
Prestaciones que suelen formar parte del régimen general docente: Sueldo base por categoría y zona, con incrementos salariales anuales. Prima vacacional. Seguridad social del ISSSTE (servicios médicos, pensión, créditos de vivienda y préstamos). Licencias, permisos y comisiones sindicales. ¿No bastan estas prestaciones?, ¿Es poca la paga para educar a los niños?, ¿Es preciso pedir más y más y más? Entonces en la realidad, la educación es un fracaso nacional, ya que las prestaciones locales dependen de lo negociado y de quién paga la nómina. Mientras la Ciudadanía que no tiene ninguna culpa, es víctima constante de estos “Logros de la Sección XXII”, que seguirá sufriendo las atrocidades de un Sindicato que perdió su naturaleza y visión jurídica, mas nunca el rumbo de sus intereses.
El cargo “Logros de la Sección XXII” apareció primero en El Imparcial de Oaxaca.
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