El requisito obligatorio de la SSA para inmigrantes con permiso de trabajo EAD para tener número de Seguridad Social en EE.UU.
Los extranjeros que trabajan en Estados Unidos deben acreditar su identidad, estatus migratorio con derecho a trabajar y edad, con al menos dos documentos separados, para obtener un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés), según la publicación 05-10107 de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés).
Qué documentos acepta la SSA para probar identidad, permiso de trabajo y edad
La guía general del organismo para no ciudadanos, la publicación 05-10096, pide mostrar documentos migratorios vigentes junto con el pasaporte extranjero sin vencer. Entre los documentos migratorios aceptables figuran:
Para probar la edad, la SSA exige el certificado de nacimiento extranjero si el solicitante lo tiene o puede obtenerlo en 10 días hábiles. Si no, evalúa el pasaporte u otro documento emitido por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés).
Un mismo documento puede cumplir dos funciones, como el EAD para identidad y autorización laboral, pero el mínimo es de dos documentos distintos.
Cómo se tramita el número de Seguro Social y qué copias no se aceptan
La SSA recomienda esperar 10 días tras llegar a Estados Unidos para facilitar la verificación en línea de los documentos del DHS.
Quien esté legalmente en el país puede iniciar la solicitud por internet y debe completarla con los documentos en una oficina o centro de tarjetas en un plazo de 45 días.
Si no puede iniciarla en línea, debe llenar el Formulario SSA-5 y pedir cita por teléfono.
Los documentos deben ser originales o copias certificadas por la agencia que los emitió. La SSA descarta:
El reglamento federal sobre evidencia exige además una entrevista en persona a los mayores de 12 años que piden un número original. La excepción corresponde a los extranjeros que lo solicitan dentro del trámite migratorio.
Qué pasa con el empleo mientras llega el número y quiénes no califican
Según la publicación de la SSA dirigida a empleadores, el trabajador extranjero puede trabajar mientras se procesa su solicitud, y el empleador debe informarle que tiene que pedir el número y la tarjeta. La SSA verifica los documentos directamente con el DHS, un paso que puede generar demoras.
Quienes no tienen autorización del DHS para trabajar solo pueden obtener un número por una razón ajena al empleo, es decir, para cumplir una ley federal, estatal o local que lo exija para recibir un beneficio. Ese número no habilita a trabajar, según la guía 05-10096.
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