¿Qué es el DNR en México, quiénes lo pagan y cómo impacta en el costo de los boletos de avión?
El Derecho de No Residente (DNR) es un cobro migratorio que deben cubrir los extranjeros que ingresan a México bajo la condición de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
En 2026, la cuota es de 983 pesos por persona y, cuando el ingreso ocurre por avión, las aerolíneas internacionales deben recaudarla e incluirla en el costo del boleto correspondiente.
La cuota está establecida en el artículo 8 de la Ley Federal de Derechos, cuya versión vigente contempla la actualización de los montos para 2026.
La misma disposición señala que las empresas de transporte aéreo internacional de pasajeros son responsables de recaudar y enterar el pago ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Por ello, el DNR puede aparecer como parte de los cargos e impuestos del boleto, aunque no todos los pasajeros están obligados a cubrirlo.
¿Qué es el DNR y por qué se cobra en México?
El DNR es el Derecho de No Residente, nombre con el que se identifica el pago correspondiente a la condición migratoria de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Aplica a extranjeros que ingresan al país por motivos como turismo, negocios o tránsito, siempre que su estancia corresponda a esa categoría migratoria.
No es un impuesto general para todas las personas que viajan en avión ni una tarifa que deban pagar los ciudadanos mexicanos. Se trata de un derecho migratorio cuyo monto se actualiza conforme a la legislación federal.
Para 2026, el artículo 8 de la Ley Federal de Derechos establece una cuota de 983 pesos para visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
¿Quiénes deben pagar el DNR al viajar a México?
El cobro corresponde a las personas extranjeras que ingresan al territorio mexicano como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
En vuelos internacionales, la aerolínea recauda el derecho y lo entrega a las autoridades fiscales. Esto significa que el pasajero no necesita acudir por separado a una oficina migratoria para cubrirlo cuando viaja en un vuelo comercial regular.
En cambio, no deben pagar este derecho:
- Personas mexicanas: deben acreditar su nacionalidad con pasaporte mexicano. Si tienen doble nacionalidad, la Ley de Nacionalidad establece que deben identificarse como mexicanas al ingresar o salir del país.
- Personas extranjeras con residencia temporal o permanente en México: deben presentar el documento migratorio vigente que acredite esa condición.
- Personas comprendidas en las exenciones de la Ley Federal de Derechos: entre ellas, determinados estudiantes residentes temporales, participantes en convenios de cooperación o intercambio educativo, cultural y científico, y tripulantes que cumplan las condiciones previstas en la ley.
La aerolínea Volaris señala que, para acreditar la exención en sus vuelos, acepta pasaporte mexicano o documento vigente de residencia temporal o permanente en México. La documentación debe corresponder a la identidad registrada al comprar o documentar el vuelo.
¿Cómo impacta el DNR en el precio de los boletos de avión?
El DNR aumenta el importe que paga un pasajero extranjero sujeto a este derecho cuando compra un vuelo internacional hacia México. En la práctica, el cobro se integra al boleto como parte de los impuestos o cargos aplicables.
Su efecto depende de la condición migratoria del viajero:
- Extranjero sujeto al DNR: paga los 983 pesos correspondientes a 2026, además de la tarifa aérea y los demás cargos aplicables.
- Pasajero mexicano: no cubre el DNR si acredita su nacionalidad con pasaporte mexicano.
- Extranjero con residencia temporal o permanente en México: puede acreditar su exención con el documento migratorio vigente aceptado por la aerolínea.
Por lo tanto, el derecho no representa un aumento general para todos los boletos de avión. Su efecto se concentra en los pasajeros extranjeros que ingresan bajo la categoría migratoria gravada.
La aerolínea es responsable de recaudar el monto y enterarlo al SAT, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley Federal de Derechos. La guía para viajeros de la Secretaría de Relaciones Exteriores también explica que, en vuelos comerciales, el pago se encuentra incluido en el boleto.
¿El DNR aumentará en 2027 y cuánto costará?
El monto previsto para 2027 es de mil 158 pesos, frente a los 983 pesos vigentes en 2026. La diferencia sería de 175 pesos adicionales por pasajero.
De acuerdo con El Economista y El Universal, el incremento para 2027 fue aprobado por la Cámara de Diputados en 1,158 pesos, aunque el Paquete Económico original planteaba llevarlo a 1,334.80 pesos (un alza de 35.8%).
La presión de empresarios turísticos de Quintana Roo y de la industria aérea logró moderar el ajuste a 17.8% . El Senado de la República completó el proceso legislativo, por lo que la nueva cuota entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
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